Por todos los razonamientos expuestos, esta Sala Sexta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1. CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto, por el ciudadano MANUEL MARRERO CAMERO, Defensor Público Auxiliar Quincuagésimo Segundo (52º) Penal del Área Metropolitana de Caracas, quien actúa en su condición de defensor del acusado YUSTIN MALLARINO IRIARTE, titular de la cédula de identidad número Nº E- 84.353.261, en contra de la sentencia condenatoria por Admisión de los Hechos, dictada el 14 de mayo del 2015, por el Juzgado Cuadragésimo Noveno (49º) de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, por la cual CONDENA al mencionado ciudadano a cumplir la pena de TRES (3) AÑOS y DIEZ (10) MESES DE PRISIÓN, así como, a la pena accesoria prevista en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión de l.....