Mediante SENTENCIA INTERLOCUTORIA el Tribunal declaró la IMPROCEDENCIA EN DERECHO de decretar la Medida de Secuestro sobre el inmueble constituido por un apartamento distinguido con el N° 19, ubicado en la planta número siete del Edificio Paraguaipoa, Avenida Rómulo Gallegos, Urbanización Monte Cristo, Municipio Sucre, Estado Miranda, la cual fuera solicitada por la representación judicial de la parte actora, en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentara la empresa BRAIDA FLORENS, C.A. contra el ciudadan LUCIO MOSCHINI; dado que en dicho juicio no se verifican de forma concurrente los extremos legales exigidos para la procedencia de la cautelar peticionada.