Primero: CON LUGAR la demanda que por Extinción de Hipoteca siguen los ciudadanos RAMON FONT-CARRERA FELIZOLA, ROBERTO PETRIZZELLI FONT-CARRERA y JOHN PETRIZZELLI FONT-CARRERA, en contra de la ciudadana MARIA CRISTINA FONTIQUE DE CALDERON, ambas partes identificadas en autos.
Segundo: Se declara extinguida la hipoteca convencional de primer grado que constituyera en vida la ciudadana ROSA FELIZOLA DE FONT-CARRERA a favor de la ciudadana MARIA CRISTINA FONTIQUE DE CALDERON, hasta por la cantidad de cuarenta y cinco mil bolívares (Bs. 45.000,oo) por documento protocolizado en fecha 04 de septiembre de 1967, por ante la misma oficina de Registro antes identificada, bajo el N° 37, tomo 4°, Protocolo Primero.
Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas, por ser esta una sentencia mero-declarativa y no de condena.
Déjese copia certificada de conformidad con lo preceptuado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil
Por cuanto la presente sentencia fue dictada den.....