´En virtud de las consideraciones anteriormente expresadas, este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN a la Partición Amigable efectuada por los Ciudadanos EDGAR RAMON PICO y GLADYS MERCEDES GONZALEZ DE PICO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-2.933.568 y V-1.732.541, respectivamente, en los mismos términos expuesto en el escrito de solicitud que encabeza las presentes actuaciones.-
Se acuerda expedir por Secretaría a los solicitantes, sendas copias certificadas del Escrito de Solicitud y de esta decisión, una vez sean consignados en autos los respectivos fotostatos.
Regístrese, publíquese y déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de .....