IV
D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Noveno de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad conferida en la ley decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO solicitado por la Fiscalía 112° del Ministerio Público en la causa que por el delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 36 de la Ley que rige la materia se imputó al adolescente de quien el Tribunal acuerda omitir su nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ya identificado y, en consecuencia, se decreta igualmente la terminación de la causa, todo de conformidad con el artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente por haberse dado cumplimiento a las condiciones impuestas en el acuerdo conciliatorio. .....