En consecuencia, esta Juez del Tribunal Sexto (6to) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acta convenio suscrita por las partes en fecha 18 de octubre de 2010, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Asimismo, se acuerda librar oficio a la Comandancia General de la Armada, COMANDO NAVAL DE PERSONAL, RECURSOS HUMANOS, DIRECCION DE NOMINA, a los fines de comunicarle dicho convenio. Igualmente, se acuerda nombrar correo especial a la ciudadana JOHANA MEDINA, plenamente identificada, a los fines de que entregue el referido oficio a la mencionada institución. Téngase como sentencia pasada en autoridad .....