se suspende la medida preventiva de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada por este Juzgado en fecha 03 de noviembre de 1998. Asimismo se ordena librar oficio a la OFICINA DE REGISTRO SUBALTERNO DEL PRIMER CIRCUITO DE REGISTRO DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO MIRANDA, participándole que por auto de esta misma fecha, este Juzgado suspendió la medida de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, que recae sobre una parcela de terreno objeto de la presente demanda. Cúmplase y Líbrese oficio