III
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Décimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO intentada por BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., contra JOSE ALEXANDER MONSALVE RIVERA (todos identificados al inicio de esta decisión.)
SEGUNDO: Se declara resuelto el Contrato de Venta con Reserva de Dominio, celebrado en fecha 19 de Septiembre de 2007 y archivado en la Notaria Pública Trigésima Quinta del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 04 de Enero de 2008, bajo el Nº 129, mediante el cual el ciudadano BOTROS ESTEBAN DJIDJI NUÑEZ, mayor de edad, de nacionalidad venezolano, domiciliado en Caracas y titular de la cedula de identidad Nro. V-8.648.072, en representación de la Sociedad Merca.....