PRIMERO: NO EXISTE MERITO, bastante y suficiente para someter a juicio al ciudadano ANTONIO VELASQUEZ DELGADO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 11.309.467, en su condición de Juez Provisorio Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: TERMINADO el procedimiento de queja, iniciado mediante libelo incoado el 03 de agosto de 2023, por el abogado JOSÉ GRATEROL GALINDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 4.307.261, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.309, actuando en su propio nombre y en defensa de sus derechos e intereses.
Publíquese, regístrese y remítase copia certificada al Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.