PRIMERO: Se ordena oficiar al Centro de Diagnóstico y Tratamiento Carolina Uslar Anexo Semi-Libertad a los fines que remitan a la mayor brevedad posible el informe evolutivo del sancionado de autos, asimismo se requiere de la opinión del equipo técnico en cuanto a la concesión del permiso solicitado por el mismo para la época navideña teniendo que ingresar a la institución los días lunes a domingo a las 8:40 horas de la noche SEGUNDO: Una vez que conste en actas el correspondiente informe evolutivo se fijará nueva audiencia. TERCERO:Quedan las partes notificadas del contenido de la presente acta, con su lectura y firma, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente.