DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación por la abogada CAROLINA ÁNGULO ISTÚRIZ, Defensora Pública Penal Décima Cuarta (14°) del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensora de la ciudadana PACHECO YERALDINE DEL CARMEN, con fundamento en el artículo 447 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión de fecha 09 de octubre del presente año, dictada por ante el Juzgado Primero (1º) de Primera Instancia en funciones de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, donde se acordó la medida cautelar sustitutiva de libertad, contenida en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.