En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Sexto de Municipio de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República y por autoridad de la ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos de los cónyuges los ciudadanos JESÙS ENRIQUE GALANTON ANDRADES y MARLIN COROMOTO MUÑOZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de identidad Nros. 12.269.264 y 10.916.404, respectivamente, decretada el diecisiete (17) de noviembre de 2009, en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía, en virtud del matrimonio celebrado en fecha nueve (09) de diciembre de 2006, ante la Primera Autoridad Civil del Consejo Municipal del Municipio la Cañada, según consta de Acta de Matrimonio Nº 203. Por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil Venezolano