Se consignó y publicó resolución declarando: 1.- IMPROCEDENTE la solicitud planteada por "Taincotel de Venezuela c.a." de suspender los efectos del acto administrativo nº 349/2012 del 30/07/2012, emanado de la Inspectoría del Trabajo en el Norte del Municipio Libertador en el Distrito Capital, adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social. 2.- Se deja constancia que el lapso (cinco -5- días de despacho) para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día de despacho de hoy -exclusive-.-