Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada CLARISSA STUYT RAFFALLI, IPSA 139.520 , en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha VEINTIUNO (21) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011), emanada del Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda incoada por el ciudadano Jorge Ernesto Romero de Los Santos contra Distribuidora Yamonca, en consecuencia se condena a la parte demandada a pagar al accionante los conceptos determinados en la parte motiva del fallo. TERCERO: SE CONFIRMA el fallo apelado. No hay condenatoria en costas.