En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con lugar el recurso de apelación de la parte demandada, contra la decisión del Juzgado Trigésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este mismo Circuito Judicial, de fecha, 11 de noviembre de 2015, la cual queda revocada. SEGUNDO: Admisible el llamado en tercería solicitado por la parte demandada en el juicio por reclamación de prestaciones sociales y demás créditos derivados de la prestación de servicios, interpuesta por, EDILBERTO PEÑALOZA BELLO y LUIS EMIRO GARCÍA MÁRQUEZ, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números: 25.973.345 y 9.333.670, respectivamente; por reclamación de prestaciones sociales y otros créditos der.....