En consecuencia, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMENTO DEL PROCEDIMIENTO; se ordena: dejar sin efecto la prolongación de la audiencia preliminar fijada para el día de hoy 27 de enero de 2026 a a las 02:00 p.m.; expedir copia certificada por la secretaría de este Tribunal, para que repose en el copiador de sentencia interlocutorias con fuerza de definitiva del mes de enero de 2026; sin especial condenatoria en costas; con ocasión a los escritos de promoción de pruebas y anexos aportados en la Audiencia Preliminar, este Tribunal proveerá lo conducente una vez la presente decisión quede definitivamente firme; y de igual manera se ordena registrar en la página del Tribunal Supremo de Justicia Regiones http://historico.tsj.gob.ve/tsj_regiones. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 215° y 166°