Por las razones antes expuestas, esta Jueza Unipersonal Nº XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos DANISH VICENTE HERRERA GIRON y SILA MADALEMNY VILLARROEL venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.505.250 y V-9.298.068 respectivamente, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, quienes contrajeron matrimonio en fecha treinta y uno (31) de Mayo de 1988, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Maturín, Estado Monagas, asentada bajo el acta Nº 219, Folios 220 al 222 del Libro 1, Tomo 2, de Registro Civil llevado por ante ese Despacho, correspondiente al año 1988. En cuanto a la adolescente y la niña (Se omite su identificación según lo dispuesto en .....