En mérito de las anteriores consideraciones, esta Juez Unipersonal de la Sala de Juicio Nº XIV del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA IMPROCEDENTE la presente demanda de Restitución de Guarda presentada por la Abg. Leffy Ruiz en su carácter de Fiscal Centésima Segunda (102°) del Ministerio Público a solicitud de la ciudadana CAROLINA SILGADO MENDOZA, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.484.336, a favor de su hijo, el niño XXXX, en contra del ciudadano JHON ALEXANDER GUEVARA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 13.893.057.