En consecuencia,definitivamente firme como se encuentra la SentenciaN° 1451de fecha 06 de julio de 2012emanada de este Órgano Jurisdiccional, interpuesto por la sociedad mercantil VENTELUM S.A,y vencido el lapso para el cumplimiento voluntario, este Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario; administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la FALTA DE JURISDICCIÓN en la presente causa y ORDENA remitir el expediente a laGerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines de su ejecución. Líbrese oficio. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fechaveintisiete(27) de febrerode dos mil veinticinco (2025).
La Juez.
Marilenne Sofía Do Paco Serrano.
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