declara terminado el procedimiento de amparo, por la falta de comparecencia de la accionante a la audiencia constitucional, ciudadana VIRGINIA RAMOS, Defensora Pública 10° de Adolescentes, en virtud de que tal incomparecencia constituye un abandono del tramite, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el único aparte del artículo 25 ejusdem, impone a la parte accionante, la multa de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en las Oficinas del Banco Central de Venezuela. La parte sancionada deberá acreditar el pago mediante la consignación en autos del comprobante correspondiente, dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación.