"...Seguidamente en el interior del inmueble, el Tribunal deja constancia que recorridas como fueron todas sus áreas no se encontró persona alguna, ni la existencia de bienes, joyas ni títulos valores y en cumplimiento de la misión encomendada hace ENTREGA MATERIAL a la parte actora, en la persona de su Apoderado Judicial del Apartamento distinguido con el Nº 4-A, situado en el piso 4, ángulo suroeste del Edificio BEA, ubicado en la Avenida Soublette, Manzana PF, Urbanización San Bernardino del Municipio Libertador del Distrito Capital; quien lo recibe conforme n nombre de su representado con las llaves de sus puertas principales.- En este estado, el Apoderado Judicial de la Parte Actora, expone: “ Me reservo el derecho de señalar bienes para su embargo en otra oportunidad, en consecuencia solicito del Tribunal se abstenga de practicar la medida de embargo ejecutivo y devuelva la comisión al Juzgado Comitente”..."