Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 14 de octubre de 2011, por la abogada MARÍA ALARCÓN, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 28 de septiembre de 2011. SEGUNDO: CON LUGAR la apelación ejercida en fecha 08 de noviembre de 2011, por el abogado OSCAR DELGADO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial.....