Con base a todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del fallo, por la potestad conferida por los ciudadanos y ciudadanas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO en el juicio incoado por los ciudadanos CÉSAR VALLÉS, DAVID INFANTE, EDIOBER SEGUNDO VERGARA, CARLOS ALFREDO TERÁN, CARLOS LUIS GIL, JESÚS TERÁN y JULIO CÉSAR DÁVILA, en contra de la Entidad de Trabajo, CONSTRUCTORA GALICARA C.A., por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, como consecuencia de la incomparecencia de la parte actora a la Audiencia de Juicio.
No hay condenatoria en costas en vista de la naturaleza de la decisión.