: PRIMERO: ACUERDA que la presente investigación se siga por la vía ordinaria por cuanto faltan innumerables diligencias que practicar de conformidad con el articulo 373 del Código Orgánico Procesal Penal y se remitan las actuaciones a la Fiscalía 122° del Ministerio público. SEGUNDO SE ACOGE la precalificación dada a los hechos por la representación Fiscal VENTA DE ARTICULOS DE PRIMERA NECESIDAD A PRECIOS SUPERIORES, previsto y sancionado en el articulo 107 de la Ley de Protección al consumidor y al Usuario . TERCERO ACUERDA medida cautelar sustitutiva de libertad a los imputados autos , de conformidad con el articulo 256 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal , específicamente: Presentaciones ante la sede e de este Tribunal cada 8 días ante la sede del Tribunal, es todo”. Conforme a lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, se declara concluida la audiencia quedando las partes notificadas con la lectura y firma de la presente ac.....