Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia DECLARA disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos ALICIA RODRIGUEZ HERNANDEZ y LUÍS EDUARDO CORONEL PEREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédula de identidad Nos. V-9.804.792 y V-6.119.347, respectivamente, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, quienes contrajeron matrimonio en fecha 14 de diciembre de 1.988, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Agustín del Municipio Libertador, según acta inserta bajo el N° 180 de los libros llevados por esa oficina.