DISPOSITIVO
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE IN LIMINIS LITIS la presente ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el ciudadano VICTOR EDUARDO PACHECO ZAMORA, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.749.375, asistido por el abogado Franklin Javier Quijada, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el N° 211.976, contra la entidad de trabajo PEPSI COLA VENEZUELA, C.A.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.