declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por el ciudadano MICHEL MARIE DIDIER EMERY, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad 12.072.890.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído en fecha 07 de Diciembre de 1984, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Baruta del Estado Miranda, según consta en acta Nº 622, año 1984, con la ciudadana MARIA ANGELINA MOLINA de EMERY,
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la Resolución número 100623-0220 de fecha 23 de junio de 2010, emitida por el Consejo Nacional Electoral (CNE) y publicada en la Gaceta Oficial número 39.461 de fecha 08 de julio de 2010, se acuerda remitir copia certificada mediante oficio de la Sentencia y del auto de ejecución, a la Oficina Electoral del Consejo Nacional Electoral (CNE) del Distrito Capital, y demás autoridades competentes, a fin que se estampe nota marginal en .....