D I S P O S I T I V A
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en estricto cumplimiento al Mandato Constitucional contenido en el artículo 26, a tenor de lo dispuesto en los artículos 437, 447 numerales 1° y 7°, 448 y 450, todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, ADMITE el Recurso de APELACIÓN DE AUTO interpuesto por los ciudadanos ABG. HERCTOR AUGUSTO VILLALOBOS FARIA y RAFAEL MATOS ESTE, actuando en representación de los ciudadanos ROSAURA CASTILLOS y ALFEDO ACOSTA STIBLER, en contra de la Decisión dictada por la Juez Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, a cargo de la Abg. YHOSMAR DINORAH GONZALEZ, en fecha 11 de Abril de 2012, mediante la cual decreta el Desistimiento de la Querella, interpuesta por los mencionad.....