Por las razones de hecho y de derecho anteriormente señaladas, este Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: ÚNICO: DESISTIDA la apelación interpuesta por la parte demandada en fecha 16 de mayo de 2012 en contra de la decisión dictada por el Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 10 de mayo de 2012, en consecuencia queda firme la decisión recurrida.