Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 05-06-2013 por las Apoderadas Judiciales de la sociedad mercantil "CADBURY ADAMS, S.A.", siendo la oportunidad procesal para la admisión de dichas pruebas de conformidad con lo establecido en el artículo 270 del Código Orgánico Tributario, este Tribunal pasa a hacer las siguientes consideraciones:
1.- MERITO FAVORABLE: lo INADMITE.
1.- DOCUMENTALES: Se reproduce el valor probatorio de los documentos consignados en copias simples como anexos del escrito de promoción de pruebas, los cuales fueron agregados a los autos.