En este estado el tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente embargado preventivamente los siguientes conceptos: PRIMERO: EL TREINTA POR CIENTO (30%) del SALARIO, que devenga el demandado en la empresa STM,C.A; SEGUNDO: EL TREINTA POR CIENTO (30%) sobre las PRESTACIONES que le correspondan a el demandado por sus servicios prestados en la referida empresa. TERCERO: EL TREINTA POR CIENTO (30%) de la cantidad que posea el demandado en la CAJA DE AHORRO, que pudiera existir para los empleados de dichas empresa. CUARTO: EL TREINTA POR CIENTO (30%) de la cantidad o cantidades que tenga constituido en FIDEICOMISO E INTERESES DE FIDEICOMISO con la referida empresa o dentro de la misma. QUINTA: EL TREINTA POR CIENTO (30%) de las VACACIONES, BONO VACACIONAL, COMISIONES, BONO DE TRANSFERENCIA, UTILIDADES O AGUINALDOS, INTERESES SOBRE PRESTACIONES, LIQUIDAS U OTRAS CANTIDADES DE DINERO QUE POR INDIMIZ.....