Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la entidad de trabajo PLASTICOS JOROPO S.A, en contra de la sentencia de fecha 16 de enero de 2017, dictada por el Juzgado Décimo Tercero (13º) de Primera Instancia de Juicio de este mismo Circuito Judicial. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la entidad de trabajo PLASTICOS JOROPO S.A en contra de la Auto de fecha 19 de febrero de 2015, proferido por la Inspectoría del Trabajo Sede Caracas Sur "Pedro Ortega Díaz" del Municipio Libertador del Distrito Capital, en el expediente administrativo signado con la nomenclatura N° 079-2015-01-00559, que acordó el reenganche y pago de salarios caídos a favor de la ciudadana AN.....