IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 18.12.2017 (f. 88), por el abogado JOSÉ ARAUJO PARRA, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES 7782, C.A., parte actora, contra la decisión de fecha 08.12.2017 (f. 83-86), por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaro Inadmisible la presente demanda.
SEGUNDO: Queda así CONFIRMADA la decisión apelada.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, DÉJESE COPIA y REMÍTASE en su oportunidad.
Dada, firmada y sellada en la Sala de De.....