Con base a los argumentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: LA PERENCIÓN DE INSTANCIA en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES VÍA INTIMATORIA, interpuso el ciudadano OTONIEL RAFAEL GARCÍA CASTRO, venezolano, mayor de edad, soltero, abogado en ejercicio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.841.519, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 60.914, actuando en su condición de endosatario en procuración del ciudadano JAIRO MANUEL ARTEAGA ARENAS, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.555.312, contra el ciudadano FERNANDO ANTONIO PIRES VARGAS, venezolano, mayor de edad, soltero, agricultor, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.446.597, de conformidad con lo previsto en el artículo 267 or.....