DE LAS PENAS ACCESORIAS: Conforme a las Sentencias Definitivamente firme antes referidas, el mencionado penado, quedó condenado a las penas accesorias contenidas en el artículo 13, 34 del Código Penal y 267 del Código Orgánico Procesal Penal, como son:
1.- La interdicción Civil durante el tiempo de la pena. Debiéndose participar lo conducente a la Dirección General Sectorial de Registros y Notarias del Ministerio del Interior y Justicia. Durante el tiempo de la condena que cumplirá el día 22-12-2011.-
2.- La inhabilitación política mientras dure la pena. Debiéndose notificar lo pertinente a la Oficina Central de Personal y al Consejo Nacional Electoral. Durante el tiempo de la condena que cumplirá el día 02-02-2015.
3.- La sujeción a la vigilancia de la autoridad…” por una cuarta (1/4) parte del tiempo de la condena, desde que ésta termine, es decir. Que cumplirá el día 02-02-2015.-
DE LOS BENEFICIOS DE PRE-LIBERTAD: Este Tribunal observa: al referido p.....