Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y sede en la Ciudad de Caracas (en transición), Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en la pretensión que por DAÑOS Y PERJUICIOS ha incoado el ciudadano JESÚS MIGUEL MORAO MILLÁN, contra la sociedad mercantil BANCO VENEZOLANO DE CREDITO S.A., BANCO UNIVERSAL, ampliamente identificados al inicio de este fallo, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la NULIDAD DE LA CITACIÓN POR CORREO CERTIFICADO Y REPOSICIÓN DE LA CAUSA, solicitadas por el abogado Enrique Troconis, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, BANCO VENEZOLANO DE CREDITO S.A., BANCO UNIVERSAL, en su escrito fechado 11 de enero de 2005.-
SEGUNDO: SIN LUGAR la Cuestión Previa contenida en el artículo 346, ordinal 6ro del Código de Procedimiento Civil, por defecto de forma de la demanda, por no hab.....