En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, y en acatamiento a las jurisprudencias reiteradas emanadas de nuestro máximo Tribunal de Justicia, resulta forzoso para éste Juzgado declarar la INADMISIBILIDAD de la acción que por COBRO DE BOLÍVARES incoara la empresa DECO 2000 C.A en contra de la EDITORIAL EL NACIONAL C.A. Así se establece.