"...Así visto el escrito de transacción cursante a los folios 13 al 19 y presentado por el ciudadano JEAN CARLOS VALDIVIEZO, titular de la C.I. V-17.441.168, asistido por el Abogado ADRIANA BRACHO, IPSA Nº 138.491, en su carácter de parte oferida y la oferente JARDINERIA VERACRUZ, C.A., en la persona de su abogado JOSE FRANCISCO HENRIQUEZ, IPSA Nº 114.039, mediante la cual la Oferente paga a la oferida a su cabal y entera satisfacción la cantidad de DIECISIETE MIL BOLIVARES CON OCHENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.17.000,00), la que es pagada mediante un cheque del Banco Banesco, Nº 12405558, de fecha 19-06-2013, en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación al acuerdo transaccional presentado por las partes. En este estado este Tribunal de conformidad a lo establecido en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y Trabajadoras, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 133 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el artículo 1.713.....