DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA LA NULIDAD de la acusación fiscal presentada en fecha 30 de marzo de 2007 y de los demás actos subsiguientes a la misma, con excepción de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en los artículos 190, 191, 195 y 196 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: DECLARA SIN LUGAR la solicitud de la víctima en el sentido: “…que sea admitida la acusación particular propia…”.
TERCERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por los Abogados JUDITH APARICIO, OLIVO ESCALANTE y LILIANA DEL CARMEN RODRIGUEZ CARRERA, los dos primeros en representación y la tercera en nombre propio, en su condición de víctima.
Regístrese, déjese copia y re.....