Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara: CON LUGAR la demanda que por prestaciones sociales y otros conceptos, interpuso el ciudadano JOSÉ LUIS DIAZ FRANCO contra la demandada ELECTRICIDAD ELEACA, C. A., ambas partes debidamente identificadas en autos. Condenándose a ésta ultima al pago de la cantidad de SIETE MILLONES QUINIENTOS VEINTISIETE MIL DIEZ BOLIVARES CON OCHENTA CÉNTIMOS BOLIVARES CON TREINTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. 7.527.010,80) por los conceptos debidamente discriminados en la forma que establece la presente decisión más la cantidad que resulte del cálculo que realice el perito designado al efecto por este Tribunal. Se condena en costas a la parte demandada, de conformidad con .....