Se declara: PERECIDO EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por la ciudadana ANGIE JOHANA RINCÓN DÍAZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V- 18.184.794, debidamente asistida por la abogada AMELIA RODRÍGUEZ, en su carácter de Defensora Pública Octava de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, contra la sentencia de fecha 27 de junio de 2011, dictada por la Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional.-
Publíquese, regístrese, y una vez quede firme la presente decisión, remítase junto con oficio el presente expediente al Tribunal de la causa.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CAR.....