Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha el 02 de junio de 2008, dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, incoada por la ciudadana Felida María Rondon Jiménez contra la Alcaldía Metropolitana De Caracas, en consecuencia se ordena a la parte demandada a reenganchar a la actora a su puesto de trabajo en las mismas condiciones que tenía para el momento del despido, y el pago de sus salarios caídos dejados de percibir, sobre la base de un salario mensua.....