DISPOSITIVO
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que interpuso el ciudadano TITO HUMBERTO ROMERO PEÑA, contra PETROLEOS DE VENEZUELA SOCIEDAD ANONIMA (PDVSA), ambas partes ya identificadas.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora. TERCERO: Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95 del Decreto con fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA
Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en Caracas, a los veintisiete (27) días del mes.....