le DISCIERNE el cargo de CURADOR AD-HOC de los adolescentes XXXX, de dieciséis (16) y catorce (14) años de edad, respectivamente, al ciudadano FREDDY TORRES, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V- 11.569.836, con todas las consecuencias legales inherentes al mismo. Se INSTA al solicitante a consignar los fotostatos requeridos a los fines de su certificación por Secretaría y sean remitidos a la Oficina de Atención al Público (O.A.P.), a los fines de su entrega a la parte solicitante, y una vez entregadas las mismas se ordena el CIERRE Y ARCHIVO, del presente asunto. Cúmplase lo ordenado.