declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, interpuesta por el ciudadano DUGLAS IVÁN DÁVILA MALDONADO, identificado al inicio de este fallo.
SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre el solicitante y su cónyuge ciudadana EUGENIA ELENA FERNÁNDEZ GARCÍA, el día 23 de octubre de 2002, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Zamora, del Estado Miranda, según se evidencia en acta Nº 168, del Año 2002, del libro de Registro Civil de Matrimonios llevado ante dicha autoridad.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la Resolución número 100623-0220 de fecha 23 de junio de 2010, emitida por el Consejo Nacional Electoral (CNE) y publicada en la Gaceta Oficial número 39.461 de fecha 08 de julio de 2010, se acuerda remitir copia certificada mediante oficio de la Sentencia y del auto de ejecución, a la Oficina Regional Electoral del Consejo Nacional Electoral (CNE) del Estado Miranda, y demá.....