Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR la ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, interpuso la ciudadana MARIA LUISA ARAUJO VELA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.568.053, soltera, domiciliada en calle Los Chaguaramos, casa N° 72 de la Urbanización El Pilar, municipio Araure del estado Portuguesa, asistida por el abogado GUSTAVO ALBERTO ALVARADO REINOSO, venezolano, mayor de edad titular de la Cédula de Identidad N° V-4.293.865, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 128.724, contra el ciudadano MARCELO PATRICIO MAÑAN BITCHATCHI, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-23.577.839, asistido por el abogado EDUARDO JOSE RANGEL JIMENEZ, ven.....