"...Seguidamente desocupado como se encuentra el inmueble libre de bienes y personas, el Apoderado Actor, expone: “ Recibo en nombre de mi representada, el apartamento N° 207, piso 20, de la Torre C; en consecuencia solicito de éste Juzgado Ejecutor, se abstenga de practicar el Secuestro, y devuelva la comisión al comitente ,vista la transacción con los demandados, asistido del Abogado” Es todo.- Vista la transacción celebrada entre las partes, y la solicitud formulada por el Apoderado Actor, éste Tribunal se abstiene de practicar la medida de Secuestro, y ordena la devolución de la comisión al Juzgado Comitente..."