Por fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda incoada por OMAR HENRIQUE RAMIREZ CONTRERAS contra ESTEBAN ANTONIO HUIZE.
SEGUNDO: Se declara RESUELTO el Contrato de Arrendamiento suscrito entre las partes en fecha 12 de Septiembre de 2003, autenticado por ante la Notaría Pública Vigésimo Tercera del Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el número 76, Tomo 69.
TERCERO: Se ordena la ENTREGA Material Real y Efectiva sobre el inmueble que tuvo por objeto el contrato resuelto, constituido por un local, situado en la planta baja de la casa signada con el Nº 80-88, con frente a la Avenida Simón Rodríguez (calle sur 15), Parroquia San Agustín, Municipio Libertador del Distrito Capital, a la parte actora, completamente desocupado de bienes y p.....