Con base en las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Cuadragésimo (40°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo previsto en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil en aplicación analógica por la remisión prevista en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: Sin Lugar el Reclamo o impugnación interpuesto por la representación Judicial de los codemandados en contra de la Experticia presentada por el Lic. Cosme Parra, en fecha veintiséis (26) de noviembre de 2013.
Segundo: se fija como estimación definitiva, por los conceptos condenados, los montos señalados en la Experticia Complementaria del Fallo presentada por el Lic. Cosme Parra, en fecha 26 de noviembre de 2013; lo.....