Por todos y cada uno de los razonamientos precedentemente expuestas tanto fácticos como de derecho, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, no acepta la declinatoria de competencia efectuada el Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 13 de noviembre de 2017.
En consecuencia pasa este administrador de justicia a precisar el dispositivo del presente fallo:
PRIMERO: Se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la demanda de nulidad de acto administrativos de efectos particulares interpuesta por el abogado José L. Borges Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 59.950, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil GDT MEDICAL SOLUTIONS, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital .....